ATENCIÓN

ATENCIÓN: Por pagos de Turismo y compra de Estatutos y Reglamentos se realizará únicamente a través de Tarjeta de Crédito o Débito,
ya que no manejaremos dinero en efectivo en la Seccional por razones de seguridad para todxs.

lunes, 19 de julio de 2010

EL CONCEJO DELIBERANTE APOYÓ LA NUEVA LEY DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO

El miércoles 14/7 el Concejo Deliberante de Brown aprobó por unanimidad una Comunicación, a partir de la presentación del SUTEBA del día 5, solicitando al Departamento Ejecutivo que haga llegar a los niveles Provincial y Nacional de Gobierno y al Congreso de la Nación la necesidad de sancionar una nueva Ley de Financiamiento Educativo, adhiriendo a la propuesta de la CTERA para que en los próximos 6 años se llegue a una inversión del 10% del PBI. La Comunicación aprobada establece:
- Que la Ley Nacional de Financiamiento Educativo nº 26.075/05, marcó un punto de inflexión en las Políticas de Inversión Educativa y en el Rol del Estado Nacional en esa materia, cortando con la desresponsabilización que fue el signo distintivo del modelo neoliberal.
- Que la Ley actual finaliza su aplicación este año cumpliendo sus metas en términos de porcentajes del PBI invertido en educación; en relación con la ampliación de la cobertura del nivel inicial y secundario.
- Que ha sido una herramienta muy importante para la mejora salarial y ha permitido la ampliación de las plantas funcionales de las escuelas; y que en términos cualitativos garantizó que un porcentaje de la coparticipación federal en cada provincia fuera destinado a la inversión educativa.
- Que la meta de “lograr que al 30 % de los alumnos de educación básica tenga acceso a escuelas de jornada extendida o completa” quedo incumplida con una gran brecha; y aun quedan inequidades entre provincias y aun al interior de los sistemas provinciales.
- Que con La Ley de Educación Nacional nº 26.206/06 las metas de obligatoriedad son mas altas, ya que incluyen la escuela secundaria completa, y es mas amplia la exigencia de universalización de nivel inicial; propone la jerarquización de la Educación Técnica, Artística, Multicultural bilingüe, y en Contextos de Encierro, así como también garantizar la formación permanente en servicio, todo lo cual requiere una inversión superior a la pautada por la Ley 26.075.
- Que se considera necesario la sanción de una Nueva Ley de Financiamiento, que permita alcanzar las metas fijadas por la Ley de Educación Nacional, acompañadas por la dignificación del salario y las condiciones del trabajo docente, así como por políticas socioeducativas que permitan sostener la escolarización de los sectores mas vulnerables.
- Que esa nueva Ley, debe ser integral y profundizar la reparación de las desigualdades entre las provincias; que debería definirse un Fondo Nacional de Financiamiento Educativo, compuesto por una canasta de recursos nacionales y provinciales, pero en el cual se incremente el porcentaje que aporta el Estado Nacional; así como definirse criterios objetivos de distribución, e instrumentar mecanismos de monitoreo y contralor de la distribución de los recursos con la participación de los sindicatos docentes y otras organizaciones de la sociedad civil.
Producto de la lucha en Defensa de la Escuela Pública, ya logramos que los Concejos Deliberantes de Alte. Brown, Saladillo, Luján, Morón, Gral. Madariaga, Lanús y Pehuajó se hayan expedido por la sanción una Nueva Ley que sirva para financiar el cumplimiento real de la Ley Nacional de Educación.
M. EUGENIA RIÁDIGOS - Sec. Gral. SUTEBA
Brown

martes, 13 de julio de 2010

SIN COSTOS ADMINISTRATIVOS EN LAS CUENTAS SUELDO

Desde el 12/7 el uso de tarjeta de débito de las cuentas sueldo no tiene costos administrativos ni límite en la cantidad de extracciones, según lo establecido por la Resolución 653 del 22/6 del Ministerio de Trabajo que reglamentó la ley 26590 sancionada el 4/5/10.
Los aspectos relevantes son:
1- No habrá límites en la cantidad de extracciones de efectivo ni costo alguno para el trabajador hasta el importe correspondiente incluyendo las asignaciones familiares y las prestaciones dinerarias que reciban por incapacidad. Por razones de seguridad se mantiene el tope de $ 2.000 diarios.
2- Los usuarios de estas cuentas tendrán acceso a toda la red nacional de cajeros automáticos sin los costos que hoy supone utilizar terminales no pertenecientes al banco emisor de la tarjeta.
3- El trabajador podrá consultar sin cargo los últimos 10 movimientos de la cuenta en los cajeros del banco emisor de la tarjeta.
4-El trabajador puede designar un cotitular (cónyuge, conviviente o familiar) a fin de realizar toda operación autorizada por el titular.
El Banco Central determinó mediante comunicado a las entidades bancarias que tienen plazo hasta el 12/ 07 para ajustarse a esta nueva modalidad y que antes de esta fecha deberán reintegrar a los trabajadores los importes cobrados o debitados de las cuentas sueldos por comisiones desde del 14/05 /10 fecha de entrada en vigencia de la norma.
MARCELO GÓMEZ - Secretario Gremial SUTEBA Alte. Brown
HUGO GASALLA - Secretario General CTA Almirante Brown

martes, 6 de julio de 2010

CAPACITACIÓN PARA BIBLIOTECARIOS Y SEMINARIO DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Te invitamos a participar del ENCUENTRO REGIONAL DE BIBLIOTECARIOS que se realizará el LUNES 12 DE JULIO DE 9,30 A 16 HS. en la Sala Tita Merello de la UNIVERSIDAD DE LANÚS, 29 de septiembre 3901 R. de Escalada. Afiliados sin cargo. Inscribite en la Seccional o telefónicamente al 4293-4322. Se entregarán certificados de asistencia.
También informamos que el 9 DE AGOSTO DE 8,30 A 16,30 HS el mismo lugar se realiza el primer encuentro de los 5 presenciales que componen el SEMINARIO DE FORMACIÓN PARA DOCENTES DE EDUCACIÓN ESPECIAL. Se otorga puntaje y es gratuito para afiliados. Inscribite en la Sede gremial.
HAYDEÉ KAZIECZKO - Sec. de Cultura y Educación SUTEBA Brown
SILVANA SILVA - Secretaria Gral. Adjunta SUTEBA Alte. Brown

lunes, 5 de julio de 2010

JUBILACIONES CON SERVICIOS AUTÓNOMOS

El IPS dejará de recibir solicitudes de jubilaciones automáticas que tengan dentro de su historia laboral servicios autónomos. Esta decisión es producto de malos asesoramientos o especulaciones de algunos gestores que provocaron que el Instituto pagara jubilaciones coando la Caja otorgante era el ANSES. En ese tipo de jubilaciones el IPS tiene acceso a toda la documentación luego de 2 años o más y recién en ese momento puede descubrir que ha estado pagando una jubilación de manera indebida y por consecuencia la deja sin efecto.
No somos nosotros los que definimos esto, pero tampoco queremos situaciones que pongan en riesgo la jubilación de los compañeros con servicios en el régimen nacional. En esos casos desde ahora deberán solicitar la jubilación ordinaria o por cierre de cómputos por medio del Consejo Escolar y una vez que ingresó en la DGCyE podemos hacer el seguimiento desde el sindicato.
M. CRISTINA LAPERTOSA - Sec. de Jubilaciones SUTEBA Brown