Ante la disparidad que existía en los días de licencia que se podían tomar para los Concursos de Cargos Jerárquicos Titulares y las Pruebas de Selección para cubrir Cargos Transitorios, la Dirección General de Cultura y Educación, a fines del año pasado, según lo acordado en el ámbito de Cogestión, dictó la Resolución 3939/11 que rige desde esta convocatoria y en su Artículo 1º estableció las licencia por exámen y preexamen para rendir las Pruebas de Selección en igualdad de condiciones según lo fijado en el Artículo 114.ll.1.4 del Estatuto del Docente que dice
"hasta un total de 5 (cinco) días hábiles por año calendario para
capacitación previa... Así mismo, gozará de licencia el día de cada una
de las pruebas."
Ante algunas malas interpretaciones sobre su vigencia, aclaramos que días después por medio de la Resolución 568/12 se subsanó pequeños errores de la normativa mencionada pero sin cambiar en absoluto su criterio de igualdad en el uso de esta licencia.
También informamos que en caso que algún nivel o modalidad tuviera llamados transitorio y titular en el mismo año, los
5 días deberán ser repartidos en total para la prueba transitoria y todas las instancias del concurso
titular que se produzcan en el año calendario.Información importante
Nuevas Pruebas de Selección
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M. ANGÉLICA GONZÁLEZ - Subsec. Gremial SUTEBA Brown
MARCELO GÓMEZ - Secretario Gremial SUTEBA Alte. Brown