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Informamos que en la Paritaria Provincial se concretó con el sueldo de Febrero 2025 un aumento salarial del 7 % y 2 % a partir de Marzo sobre el salario de Enero, sumando ahora 6% desde Mayo y 4% desde Julio 2025 sobre el salario de Marzo 2025. Destacamos como importante que en cada etapa se toma de base para la paritaria el salario del mes anterior y ya no el último del año anterior. Por lo tanto en este período Enero - Julio se concreta un aumento acumulado de 19,9%.
Los básicos correspondientes a los distintos cargos del sistema se ordenan por índices salariales (decreto 2397/05, nomenclador de cargos docentes). El cargo testigo en Buenos Aires (índice = 1) corresponde al PR y su Básico era en Enero 2025 $ 231.246, subiendo a Mayo 2025 a $ 267.262. El resto de los cargos y la relación cargo - horas cátedra - módulos se ordenan en relación a estos índices, así por ejemplo el índice 1,10 corresponde al MG, MI y MC cuyo Básico en Enero 2025 alcanzaba $ 254.370,61; ascendiendo en Mayo 2025 a $ 293.988,20. El valor del Básico de sólo un Módulo de Profesor de Secundaria, Técnica y Agraria era en Enero 2025 de $ 23.124,60; llegando en Mayo a $ 26.726,20.
Recordamos que en la reciente Paritaria de Octubre de 2024 se reparó la enequidad que existía en los cargos de PR y JPR DE EDUCACIÓN AGRARIA y PR RESIDENTES de Secundaria, Técnica y Agraria donde cumplen dicha función, como ejemplo en Hogares Escuelas, equiparando su básico a los de Jornada extendida.
BÁSICO CONFORMADO: Se compone del Básico más las sumas remunerativas y las sumas bonificables por antigüedad.
BONIFICACIÓN REMUNERATIVA AL INDICE 1,1: a partir de Marzo 2014 se incorporó esta suma específica para TODOS los cargos con este índice (código 0438), que en Enero 2025 de $ 141.277 sube con Mayo 2025 a $ 168.209.
BONIFICACIÓN REMUNERATIVA: Es aquella sobre la cual se practica descuentos para IOMA e IPS que se cobra con el código 0455 por cargo hasta 2 veces. En Enero 2025 fue de $ 93.823 correspondiendo en Mayo 2025 a $ 108.436.
Además de esta bonificación que obtuvimos por acuerdos salariales, también son bonificaciones remunerativas las correspondientes a Desfavorabilidad (código 0624), por Función Especializada (código 0640), por Plus de Enseñanza (código 0623), Bonificación Primaria (0641), Bonificación Preceptor (0653) y Bonificación No Jerárquica de Secundaria (0667) y por diferencia jerárquica (0920). En estos casos se cobra un porcentaje sobre el básico del PR desde el Acuerdo Paritario 2016, siendo en ese momento un 71% para el Preceptor aumentando en Diciembre de 2020 a 73%, subió en Mayo 2024 a 82,75%, en Julio 2024 subió al 89,75%, en Octubre 2024 llegó a 91,25% y llegando en la Paritaria de Mayo 2025 a 96,25%; la Bonificación de Secundaria a partir de 2016 era de 30%, incrementando desde Diciembre de 2020 al 32%, desde Julio 2024 asciende a 37,4% y en Octubre 2024 subió a 39,5%, el Plus de Enseñanza en Inicial y Primaria llega al 67%, el Plus de Educación Especial asciende a 78% más una bonificación de 2% adicional y en Psicología el Plus es de 74% con una bonificación extra de 1,25% para los CEC.
Hace unos años había cargos de SECUNDARIA, TÉCNICA, CENS, FP, ARTÍSTICA Y SUPERIOR desfasados comparado su índice con la liquidación final, por ello la Comisión Técnica Salarial a partir de los planteos del SUTEBA se resolvieron estas distorsiones actualizando en la Paritaria 2016 dicha situación de la siguiente manera:
Para cargos de base índice escalafonario 1.20 a 1.33 de Nivel Secundario, Secundario de Adultos (actual CENS), Técnica, Formación Profesional, Artística y Superior, se fijó desde Julio de 2016 dos sumas remunerativas no bonificables que sumaban el 54% del básico del Preceptor, que fueron ascendiendo hasta Octubre 2024 al 80%, siendo una del 39,5% y otra del 40,5% (para EMATP, Pañoleros y Bibliotecarios de esos niveles y modalidades); Jefes de Preceptores (índice 1.44) y Subjefes de Preceptores (índice 1.32): se abonó desde el 202o el 71% del básico del Preceptor, luego subió en tres ocasiones en 2024 llegando en Octubre 2024 al 91,25% y correspondiendo desde Mayo 2025 a 96,25%, y para Secretarios de esos niveles (índice 1.80) y Prosecretarios (índice 1,50) de Nivel Secundario, CENS, Técnica, Formación Profesional, Artística y Superior se bonifica desde el 2020 un 37% del básico del Preceptor, incrementándose en Octubre 2024 a 40,5%.
Para cargos de base índice escalafonario 1.20 a 1.33 de Nivel Secundario, Secundario de Adultos (actual CENS), Técnica, Formación Profesional, Artística y Superior, se fijó desde Julio de 2016 dos sumas remunerativas no bonificables que sumaban el 54% del básico del Preceptor, que fueron ascendiendo hasta Octubre 2024 al 80%, siendo una del 39,5% y otra del 40,5% (para EMATP, Pañoleros y Bibliotecarios de esos niveles y modalidades); Jefes de Preceptores (índice 1.44) y Subjefes de Preceptores (índice 1.32): se abonó desde el 202o el 71% del básico del Preceptor, luego subió en tres ocasiones en 2024 llegando en Octubre 2024 al 91,25% y correspondiendo desde Mayo 2025 a 96,25%, y para Secretarios de esos niveles (índice 1.80) y Prosecretarios (índice 1,50) de Nivel Secundario, CENS, Técnica, Formación Profesional, Artística y Superior se bonifica desde el 2020 un 37% del básico del Preceptor, incrementándose en Octubre 2024 a 40,5%.
BONIFICACIÓN REMUNERATIVA BONIFICABLE POR ANTIGÜEDAD: Es aquella sobre la cual se practica los descuentos del IOMA e IPS, pero además sobre la misma se calcula el porcentaje de antigüedad correspondiente. Se pagó hasta el 2014 con el código 0445 por cargo hasta 2 veces y su antigüedad se pagó con el código 0447. Desde Enero de 2015 esta suma se incorporó al básico y su antigüedad a la bonificación correspondiente.
ANTIGÜEDAD: es una suma remunerativa (código 0220) que se abona sobre el sueldo básico y a partir de Marzo de 2014 se acordó un incremento en los primeros tramos: de 0 a 1 año llegando al 21% y de 2 a 3 años subió a 24%, quedando el resto según el Acuerdo Paritario de 2013 a los 4 años 33%, 7 años de 43%; 10 años de 54%; 12 años de 64%, a los 15 años de 74%, 17 años de 84%, a los 20 años de 105%, a los 22 años de 115% y a los 24 años 125%.
Así en Enero 2025 un PR de Secundaria con el máximo de antigüedad llegaba a $ $ 653.509,67 ascendiendo en Mayo 2025 a $ 765.876,02. En el caso del PR de Inicial con 24 años de antigüedad o más correspondía en Enero 2025 $ 609.096.57 y ahora con haberes Mayo a $ 703.962,10. En tanto para MG, MI y MC con la mayor antigüedad cobró en Enero 2025 la suma de $ 762.196 subiendo en Mayo a $ 884.809,72. Para los mismos cargos en Jornada Completa era en Enero era de $ 1.524.392 incrementando en Mayo 2025 a $ 1.769.619,44. Un Módulo de Secundaria en Enero llegaba $ 55.873,12 incrementando en Mayo 2025 a $ 64.575,25; siempre con el mayor porcentaje de antigüedad.
ANTIGÜEDAD: es una suma remunerativa (código 0220) que se abona sobre el sueldo básico y a partir de Marzo de 2014 se acordó un incremento en los primeros tramos: de 0 a 1 año llegando al 21% y de 2 a 3 años subió a 24%, quedando el resto según el Acuerdo Paritario de 2013 a los 4 años 33%, 7 años de 43%; 10 años de 54%; 12 años de 64%, a los 15 años de 74%, 17 años de 84%, a los 20 años de 105%, a los 22 años de 115% y a los 24 años 125%.
Así en Enero 2025 un PR de Secundaria con el máximo de antigüedad llegaba a $ $ 653.509,67 ascendiendo en Mayo 2025 a $ 765.876,02. En el caso del PR de Inicial con 24 años de antigüedad o más correspondía en Enero 2025 $ 609.096.57 y ahora con haberes Mayo a $ 703.962,10. En tanto para MG, MI y MC con la mayor antigüedad cobró en Enero 2025 la suma de $ 762.196 subiendo en Mayo a $ 884.809,72. Para los mismos cargos en Jornada Completa era en Enero era de $ 1.524.392 incrementando en Mayo 2025 a $ 1.769.619,44. Un Módulo de Secundaria en Enero llegaba $ 55.873,12 incrementando en Mayo 2025 a $ 64.575,25; siempre con el mayor porcentaje de antigüedad.
EL SAC (Sueldo Anual Complementario o Aguinaldo, código 821) Y LOS HABERES JUBILATORIOS SE CALCULAN SOBRE TODAS LAS SUMAS REMUNERATIVAS (es decir: básico, bonificaciones remunerativas y bonificaciones remunerativas bonificables).
BONIFICACIÓN NO REMUNERATIVA: No lleva descuentos de IOMA ni IPS y tampoco se toma para el cálculo de la antigüedad, aguinaldo o jubilación; comúnmente denominado "pago en negro". Hasta el año 2014 la Provincia de Bs.As. pagó por este concepto con el código 2443 por cargo hasta do y a partir de Enero de 2015 se incorporó al sueldo básico.
MATERIAL DIDÁCTICO: Hace ya muchos años fue una suma pagada por la provincia que luego por las Paritarias fue incorporada al Salario Básico. Luego durante el conflicto del año 2019 el gobierno nacional de entonces decidió unilateralmente el pago de esta suma no remunerativa en un valor que por dos años se mantuvo en $ 210 por cargo hasta dos veces. A partir del Acuerdo Paritario Nacional 2021 fue incorporado en la nueva suma pagada en concepto de Conectividad.
CONECTIVIDAD NACIONAL ABRIL 2021: Por el Acuerdo Paritario 2020 se estableció el pago de cuotas extras del Fondo Nacional de Incentivo Docente debido al trabajo realizado durante la pandemia de Covid 19. Parte de esas sumas se incorporó al pago habitual del FONID y otra parte continuó su pago junto con el de Material Didáctico y se otorgó a partir de los haberes de Marzo 2021 esta suma en concepto de Conectividad, actualizada hasta Noviembre 2023 a $ 12.250 según se acordaba en la Paritaria Nacional Docente, que desde este año el actual gobierno nacional dejó de pagar.
GARANTÍA: lo cobraban los docentes que recién se iniciaban con desempeño en cargos y era una suma fija para completar el sueldo inicial y llegar al mínimo acordado. Tuvo dos etapas de pago, una del 2003 al 2008, logrando su incorporación al salario, y la segunda desde Marzo de 2015 que ascendía $ 7.000 para MG, MI y MC, y en $ 6.500 para el Preceptor y otros cargos, incluido el Incentivo Docente o Anticipo Financiero según correspondiera, y en Agosto de 2015 esta suma deja de cobrarse porque se absorbió al sueldo con dicho aumento.
CLÁUSULA DE ADECUACIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA: Por Acuerdo Paritario Provincial 2017 se fijó esta adecuación automática conocida como "Cláusula Gatillo" para actualizar el salario en caso que el Índice de precios al Consumidor (IPC) del INDEC supere el aumento previsto. En dicho año se aplicó en Julio y en Diciembre. Durante el largo conflicto del 2018 no se aplicó. En el acuerdo paritario del año 2019 se aplicó trimestralmente con los haberes de Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre. A partir del 2020 se estableció una cláusula de monitoreo.
CLÁUSULA DE MONITOREO Y REVISIÓN SALARIAL: En los Acuerdos Paritarios Provinciales 2020, 2021, 2022 y 2023 se fijó esta cláusula que compromete al gobierno provincial a garantizar que los docentes no perderán ante la inflación por lo tanto si el índice inflacionario superara en algún momento al aumento pactado se debe convocar inmediatamente para establecer dicha actualización. Desde el 2024 se viene aplicando la realización de paritarias mensuales o bimestrales con el fin de realizar el la revisión y monitoreo correspondiente.
CLÁUSULA DE MONITOREO Y REVISIÓN SALARIAL: En los Acuerdos Paritarios Provinciales 2020, 2021, 2022 y 2023 se fijó esta cláusula que compromete al gobierno provincial a garantizar que los docentes no perderán ante la inflación por lo tanto si el índice inflacionario superara en algún momento al aumento pactado se debe convocar inmediatamente para establecer dicha actualización. Desde el 2024 se viene aplicando la realización de paritarias mensuales o bimestrales con el fin de realizar el la revisión y monitoreo correspondiente.
INCENTIVO DOCENTE: Lo pagaba el Estado Nacional, por leyes y decretos que establecen la creación y continuidad del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) logradas por la CTERA en 1999 y que fue congelado en el 2016 en $ 1.210 por cargo hasta 2 veces (código 2751) debido a la no convocatoria a la paritaria nacional docente durante los años 2017, 2018 y 2019, pero en 2022 se restableció la Paritaria Nacional Docente y desde Marzo de ese año se pagaron cuotas doble del Fondo Nacional de Incentivo Docente debido a la Pandemia de COVID-19, que partir de Marzo 2021 se unificó y fue actualizándose el pago llegando en Noviembre 2023 a $ 16.450 y que el actual gobierno dejó de abonar a partir del presente año.
Se pagaba contra la prestación efectiva de servicios de los períodos liquidados, por ello se cobraba algunos meses diferidos.
Se pagaba contra la prestación efectiva de servicios de los períodos liquidados, por ello se cobraba algunos meses diferidos.
A su vez, en algunas provincias imposibilitadas de llegar al sueldo inicial fijado para un cargo en todo el país, el Estado Nacional las asistía económicamente por medio del Fondo de Compensación Salarial Docente, que también el actual gobierno dejó de girar dichos fondos desde Enero del 2024.
SUELDO BRUTO: Es el total de la liquidación sin ningún descuento.
SUELDO BRUTO: Es el total de la liquidación sin ningún descuento.
SUELDO NETO O LÍQUIDO: Es el sueldo bruto al que se le aplicaron los descuentos de ley de IOMA e IPS. Las retenciones para el IPS es del 16% y para el IOMA del 4,8%, totalizando un 20,8%. No debe incluirse en este descuento las bonificaciones no remunerativas provinciales y en su momento tampoco el incentivo y la conectividad nacionales.
SUELDO DE BOLSILLO: El concepto de Sueldo Neto es diferente al concepto de Sueldo de Bolsillo, dado que éste último puede tener descuentos provenientes de contratación de seguros voluntarios y créditos, afiliación a entidades sindicales, etc. y además se suman las Asignaciones Familiares que correspondan.
SUELDO INICIAL: Es el piso salarial que debe percibir como mínimo en todo el país un MG o cargo similar o sus equivalencias, que ingresa al sistema, sin antigüedad, y que trabaje 20 horas reloj. Se define en las negociaciones salariales nacionales y la Nación asistía por medio del Fondo de Compensación Salarial a las provincias que no llegaban al mínimo que fijaba la Paritaria Nacional. A partir del 2017 no se realizó la Paritaria Nacional por decisión del gobierno de ese entonces se fijó el mínimo unilateralmente incorporando un criterio estableciendo que el salario mínimo docente debía ser un 20% superior al Salario Mínimo, Vital y Móvil que se fije el Consejo del Salario. A fines de 2019 con la decisión de volver a convocar a la Paritaria Nacional Docente el acuerdo salarial para el 2020 y 2021 fijó el salario mínimo docente a nivel nacional por arriba de los índices inflacionarios, con una diferencia mayor a esa clausula que lo establecía por arriba del salario mínimo vital y móvil, quedando de esta forma en desuso, y quedando a criterio de las partes que acuerdan en la Paritaria Nacional Docente. Así en año 2022 el Salario Inicial Docente a nivel nacional subió un 114% y en el 2023 un 176,7% quedando por arriba del IPC, situación que favoreció a los docentes de las provincias más retrasadas salarialmente que cobraban el Fondo de Compensación Salarial, así la Nación asiste a las provincias del NEA y del NOA. Lamentablemente a partir del 2024 con el actual gobierno nacional se desresponsabilizó el Estado Nacional del pago de este Fondo al igual que el Incentivo Docente y la Conectividad. Dejando estancado el salario inicial desde Agosto 2024 en la suma de $ 420.000, subiendo en Febrero 2025 a $ 500.000 y que a partir del 21 de Mayo de 2025 el gobierno nacional modificó por decreto la reglamentación del artículo 10 de la ley de financiamiento educativo retirándose la Secretaría de Educación (ex ministerio) de la participación y responsabilidad en la paritaria nacional docente, dejando la misma sólo a los titulares del área de educación de las provincias en el marco del Consejo Federal de Educación. Pero reservádose la Secretaría (ex ministerio) de Trabajo la posibilidad de homologar o vetar los acuerdos que se aborden.
Al ser un piso las provincias pueden establecer un mínimo superior, como sucede en Buenos Aires, que el mínimo provincial para el PR de Secundaria fue en Enero 2025 de $ 463.704.94 subiendo en Mayo 2025 a $ 546.405,63; en tanto el PR de Inicial fue en Enero de $ 419.162.49 incrementando en Mayo 2025 a $ 484.362,37; mientras para el MG en Enero 2025 fue de $ 553.075,58 ascendiendo en Mayo a $ 643.057,08; para esos cargos de Jornada Completa fue en Enero de $ 1.105.751,59 ascendiendo en Mayo 2025 a $ 1.286.114,16; y por un Módulo de Profesor de Secundaria que recién se inicia en Enero 2025 fue de $ 36.825,85 subiendo en Mayo a $ 42.561,41.
SUELDO DE BOLSILLO: El concepto de Sueldo Neto es diferente al concepto de Sueldo de Bolsillo, dado que éste último puede tener descuentos provenientes de contratación de seguros voluntarios y créditos, afiliación a entidades sindicales, etc. y además se suman las Asignaciones Familiares que correspondan.
SUELDO INICIAL: Es el piso salarial que debe percibir como mínimo en todo el país un MG o cargo similar o sus equivalencias, que ingresa al sistema, sin antigüedad, y que trabaje 20 horas reloj. Se define en las negociaciones salariales nacionales y la Nación asistía por medio del Fondo de Compensación Salarial a las provincias que no llegaban al mínimo que fijaba la Paritaria Nacional. A partir del 2017 no se realizó la Paritaria Nacional por decisión del gobierno de ese entonces se fijó el mínimo unilateralmente incorporando un criterio estableciendo que el salario mínimo docente debía ser un 20% superior al Salario Mínimo, Vital y Móvil que se fije el Consejo del Salario. A fines de 2019 con la decisión de volver a convocar a la Paritaria Nacional Docente el acuerdo salarial para el 2020 y 2021 fijó el salario mínimo docente a nivel nacional por arriba de los índices inflacionarios, con una diferencia mayor a esa clausula que lo establecía por arriba del salario mínimo vital y móvil, quedando de esta forma en desuso, y quedando a criterio de las partes que acuerdan en la Paritaria Nacional Docente. Así en año 2022 el Salario Inicial Docente a nivel nacional subió un 114% y en el 2023 un 176,7% quedando por arriba del IPC, situación que favoreció a los docentes de las provincias más retrasadas salarialmente que cobraban el Fondo de Compensación Salarial, así la Nación asiste a las provincias del NEA y del NOA. Lamentablemente a partir del 2024 con el actual gobierno nacional se desresponsabilizó el Estado Nacional del pago de este Fondo al igual que el Incentivo Docente y la Conectividad. Dejando estancado el salario inicial desde Agosto 2024 en la suma de $ 420.000, subiendo en Febrero 2025 a $ 500.000 y que a partir del 21 de Mayo de 2025 el gobierno nacional modificó por decreto la reglamentación del artículo 10 de la ley de financiamiento educativo retirándose la Secretaría de Educación (ex ministerio) de la participación y responsabilidad en la paritaria nacional docente, dejando la misma sólo a los titulares del área de educación de las provincias en el marco del Consejo Federal de Educación. Pero reservádose la Secretaría (ex ministerio) de Trabajo la posibilidad de homologar o vetar los acuerdos que se aborden.
Al ser un piso las provincias pueden establecer un mínimo superior, como sucede en Buenos Aires, que el mínimo provincial para el PR de Secundaria fue en Enero 2025 de $ 463.704.94 subiendo en Mayo 2025 a $ 546.405,63; en tanto el PR de Inicial fue en Enero de $ 419.162.49 incrementando en Mayo 2025 a $ 484.362,37; mientras para el MG en Enero 2025 fue de $ 553.075,58 ascendiendo en Mayo a $ 643.057,08; para esos cargos de Jornada Completa fue en Enero de $ 1.105.751,59 ascendiendo en Mayo 2025 a $ 1.286.114,16; y por un Módulo de Profesor de Secundaria que recién se inicia en Enero 2025 fue de $ 36.825,85 subiendo en Mayo a $ 42.561,41.
Como expresamos líneas arriba en el 2024 no hubo acuerdo en la Paritaria Nacional Docente primero por la falta de convocatoria, luego la decisión del gobierno nacional de dejar de pagar el FONID, Conectividad y el Fondo de Compensación Salarial Docente, posteriormente algunas convocatorias con propuestas insuficientes sin reponer dichos fondos, después establecer unilateralmente por decreto el piso salarial sin aportes de Nación a las Provincias y finalmente aniquilar la Paritaria Nacional Docente con el retiro del ex Ministerio de Educación como se detalló más arriba. Situación rechazada por todos los sindicatos docentes nacionales y provinciales.
JUBILACIÓN DOCENTE: Recordamos que la Jubilación del IPS (Instituto de Previsión Social) tiene movilidad directa al mismo cargo docente en actividad en la Pcia. de Bs. As. con el porcentaje de jubilación correspondiente (70% con 50 años de edad y 25 de servicios, 75% con 53 años y 28 de antigüedad, 80% con 55 y 30, llegando a un 5% adicional cuando en el cargo que dicta clases se cumplen 25 años consecutivos o en el caso de módulos se llega a tener 20 en ese período ininterrumpidos) y que en caso de corresponder simultaneidades la misma se calcula en razón de ser 2,8% por año hasta un máximo del 70%. En todos los casos se calcula sobre básico, antigüedad, desfavorabilidad y toda suma remunerativa (teniendo en cuenta que algunas sumas tienen tope de 2 cargos o sus equivalentes como el personal de las escuelas).
IMPORTANTE: Arriba a la izquierda de esta nota o en la parte superior de la columna derecha del blog en los íconos Sistema de Cálculo de Haberes puede consultarse todos los cargos de todos los niveles y modalidades con los distintos porcentajes de antigüedad para escuelas estatales y privadas, como también para jubiladxs, de la Provincia de Buenos Aires.
SEC. DE FORM. POLÍTICO SINDICAL SUTEBA BROWN
SEC. DE ORGANIZACIÓN SUTEBA ALTE. BROWN
SEC. DE JUBILACIONES SUTEBA ALTE. BROWN
SECRETARÍA GREMIAL SUTEBA ALTE. BROWN
SECRETARÍA GENERAL SUTEBA ALTE. BROWN