En el transcurso del año pasado, al mismo tiempo que discutíamos en la Comisión Técnica Paritaria de Salud laboral, lo que terminó siendo los dos acuerdos paritarios: Guias diagnósticas para encuadre de licencia por patologías crónicas y agilización de jubilación por incapacidad con garantía del salario, planteamos fuertemente la imposibilidad de muchos compañeros para asistir a la Junta Médica de Medicina Ocupacional en La Plata y la necesidad de dar una respuesta ante esta situación.
A partir de este planteo del SUTEBA conseguimos que se dispusiera que aquellos docentes que no puedan concurrir a la Junta Médica para evaluar incapacidad en la Sede Central de Medicina Ocupacional, puedan remitir la documentación pertinente a dicha dependencia para proseguir con el trámite jubilatorio.
Esta imposibilidad de trasladarse debe estar debidamente justificada tal como se explicita y se pauta en la Disposición N°2/2015 emanada de la Dirección De Medicina Ocupacional de la Pcia de Buenos Aires.
Aquellos docentes que deban ser evaluados en Medicina Ocupacional para jubilarse por incapacidad y se encuentren impedidos de trasladarse a La Plata, podran remitir ahora la documentación, sin necesidad de concurrir.
VER AQUI : Circular 04/2015
VER AQUÍ :Disposición Nº2 /2015