1.- El Fallo de la Cámara de Apelaciones Porteña no declara la inconstitucionalidad del DNU.
2.- La justicia de la ciudad no tiene competencia para hacerlo.
3.- El amparo le ordena al gobierno de CABA que garantice la presencialidad en las escuelas.
4.- El gobierno de CABA no debe incumplir el DNU, máxime que el mismo hizo una presentación ante la CSJN que todavía no se expidió sobre la misma.
5.- Incumplir el DNU deja a los docentes, a los padres y a los auxiliares de la educación en una situación de vulnerabilidad porque los haría incurrir en una conducta tipificada en el artículo 205 del código penal.
"ARTICULO 205. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia."
Resulta inadmisible y peligroso que el Jefe de Gobierno Porteño, cuyo partido se llena la boca de términos como “república” o “respeto a la Constitución”, no cumpla un DNU cuyo único objetivo es cuidar la salud de la población ante este virus que hace estragos en el mundo.
CTERA reitera su apoyo a las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional ante el aumento de contagios en al AMBA y reitera su respaldo a UTE y a los demás gremios y docentes porteños que privilegian el cuidado de la salud de docentes, estudiantes y Comunidad Educativa.
Buenos Aires, domingo 18 de abril de 2021
Sonia Alesso
Secretaria General
Secretaria General
Roberto Baradel
Secretario General Adjunto
Secretario General Adjunto