19/04/2021
1.- El Fallo de la Cámara de Apelaciones Porteña no declara la inconstitucionalidad del DNU.
2.- La Justicia de la Ciudad no tiene competencia para hacerlo.
3.- El amparo le ordena al Gobierno de CABA que garantice la presencialidad en las Escuelas.
4.- El Gobierno de CABA no debe incumplir el DNU, máxime que el mismo hizo una presentación ante la CSJN que todavía no se expidió sobre la misma.
5.- Incumplir el DNU deja a lxs Docentes, a lxs familias y a lxs Auxiliares de la Educación en una situación de vulnerabilidad porque lxs haría incurrir en una conducta tipificada en el Artículo 205 del código penal.
"ARTÍCULO 205. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".
Resulta inadmisible y peligroso que el Jefe de Gobierno Porteño, cuyo partido se llena la boca de términos como "república" o "respeto a la Constitución", no cumpla un DNU cuyo único objetivo es cuidar la salud de la población ante este virus que hace estragos en el mundo.
CTERA reitera su apoyo a las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional ante el aumento de contagios en al AMBA y reitera su respaldo a UTE y a los demás gremios y Docentes porteñxs que privilegian el cuidado de la salud de Docentes, Estudiantes y Comunidad Educativa.