Si una persona afiliada se va o proviene temporariamente de otra provincia (en tránsito), tiene que solicitar la "Carta de Afiliado en Tránsito". La misma se presenta en el Centro de Salud de la provincia en la que se encuentre en caso de requerir atención médica.
La vigencia de la carta no debe superar los seis (6) meses para personas jubiladas y/o pensionadas, y los treinta (30) días para personas afiliadas activas.
¿CÓMO SOLICITAR LA "CARTA DE AFILIADO EN TRÁNSITO"?
Solicitala en tu Delegación o descargala desde "Mis gestiones" ingresando a la página web de IOMA desde acá.
GENERACIÓN ONLINE
1. Registrate en "Mis Gestiones". Ingresá en "Carta en Tránsito". Se desplegarán dos alternativas: "Generar nueva" y "Ver historial".
2. Elegí la opción "Generar nueva". Podés generar dos tipos de carta según las provincias que visites.
Tipos de carta
- Carta en tránsito para las provincias de Córdoba y Santa Fe.
- Carta en tránsito para el resto de las provincias, excepto Tierra del Fuego (en este caso especial, tenés que acercarte a tu Delegación para solicitarla). Una vez que seleccionás la provincia, tenés que seguír los pasos que el sistema te va indicando.
En caso de que sea necesario utilizarla, te van a solicitar que la habilites en la Obra Social de la provincia en la que te encuentres. Para ello deberás concurrir a la dirección que figura en tu carta o comunicarte telefónicamente a fin de que te indiquen a dónde asistir.
Estos Convenios de Reciprocidad te permiten moverte por el país con una cobertura estipulada.
Alcances de la cobertura: en todas las Provincias (excepto Córdoba y Santa Fe). Se cubren solo internaciones y lo que derive de ella.
Córdoba y Santa Fe: atención de urgencias, por accidentes o circunstancias graves imprevisibles, debidamente acreditadas, con los medicamentos y prestaciones emergentes de dicha intervención.
Tierra del Fuego: cobertura total por pago contraprestación (acto médico). El importe lo factura la Obra Social de la provincia a la Obra Social de origen.
Las prestaciones que recibas y no entren dentro de estos límites, deberás abonarlas y solicitar el reintegro al regreso.
Provincias con convenio: Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán.
La vigencia de la carta no debe superar los seis (6) meses para personas jubiladas y/o pensionadas, y los treinta (30) días para personas afiliadas activas.
¿CÓMO SOLICITAR LA "CARTA DE AFILIADO EN TRÁNSITO"?
Solicitala en tu Delegación o descargala desde "Mis gestiones" ingresando a la página web de IOMA desde acá.
PERSONAS AFILIADAS OBLIGATORIAS |
En este caso, tanto para vos como para tus familiares a cargo que estén por viajar afuera de la Provincia de Buenos Aires, podés generar la carta online y llevarla en el celular. También podés realizar el trámite en la Delegación de IOMA más cercana a tu domicilio. |
PERSONAS AFILIADAS VOLUNTARIAS |
En este caso, tenés que pedirla en la delegación de IOMA. |
GENERACIÓN ONLINE
1. Registrate en "Mis Gestiones". Ingresá en "Carta en Tránsito". Se desplegarán dos alternativas: "Generar nueva" y "Ver historial".
2. Elegí la opción "Generar nueva". Podés generar dos tipos de carta según las provincias que visites.
Tipos de carta
- Carta en tránsito para las provincias de Córdoba y Santa Fe.
- Carta en tránsito para el resto de las provincias, excepto Tierra del Fuego (en este caso especial, tenés que acercarte a tu Delegación para solicitarla). Una vez que seleccionás la provincia, tenés que seguír los pasos que el sistema te va indicando.
En caso de que sea necesario utilizarla, te van a solicitar que la habilites en la Obra Social de la provincia en la que te encuentres. Para ello deberás concurrir a la dirección que figura en tu carta o comunicarte telefónicamente a fin de que te indiquen a dónde asistir.
Estos Convenios de Reciprocidad te permiten moverte por el país con una cobertura estipulada.
Alcances de la cobertura: en todas las Provincias (excepto Córdoba y Santa Fe). Se cubren solo internaciones y lo que derive de ella.
Córdoba y Santa Fe: atención de urgencias, por accidentes o circunstancias graves imprevisibles, debidamente acreditadas, con los medicamentos y prestaciones emergentes de dicha intervención.
Tierra del Fuego: cobertura total por pago contraprestación (acto médico). El importe lo factura la Obra Social de la provincia a la Obra Social de origen.
Las prestaciones que recibas y no entren dentro de estos límites, deberás abonarlas y solicitar el reintegro al regreso.
Provincias con convenio: Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán.