Rechazamos por unanimidad:
- La Comunicación Nº 3, del 1º de agosto de 2012, de autorización para la cobertura de cargos (que establece para cubrir cargos jerárquicos y de base provisionales - como consecuencia de ceses y renuncias - y suplentes, a excepción de maestros/ profesores en horas cátedra-módulos/ maestros especiales/ preceptores, se deberá contar con autorización previa de la Dirección Provincial de Gestión Educativa), por considerarla una medida de recorte económico que toma como variable a los docentes y a los alumnos en detrimento del derecho social a la educación.
- La Disposición 198, del 3 de agosto de 2012, que reestructura unilateralmente las Comisiones de MAD (limitando la integración de los representantes sindicales en las mismas en número y condicionando su designación a la afectación de un sólo cargo sin atención directa de alumnos al que no se le designa suplente), resolviendo, como medida de acción gremial, retirar nuestras representaciones sindicales en las Comisiones de MAD de los distritos.
Porque ambas:
- La Comunicación Nº 3, del 1º de agosto de 2012, de autorización para la cobertura de cargos (que establece para cubrir cargos jerárquicos y de base provisionales - como consecuencia de ceses y renuncias - y suplentes, a excepción de maestros/ profesores en horas cátedra-módulos/ maestros especiales/ preceptores, se deberá contar con autorización previa de la Dirección Provincial de Gestión Educativa), por considerarla una medida de recorte económico que toma como variable a los docentes y a los alumnos en detrimento del derecho social a la educación.
- La Disposición 198, del 3 de agosto de 2012, que reestructura unilateralmente las Comisiones de MAD (limitando la integración de los representantes sindicales en las mismas en número y condicionando su designación a la afectación de un sólo cargo sin atención directa de alumnos al que no se le designa suplente), resolviendo, como medida de acción gremial, retirar nuestras representaciones sindicales en las Comisiones de MAD de los distritos.
Porque ambas:
- Cercenan derechos laborales y avasallan derechos sindicales.
- Afectan el funcionamiento de las instituciones educativas.
- Resultan ilegales, ilegítimas y arbitrarias.
- Y desconocen los acuerdos tomados en los ámbitos de congestión.
A
su vez las entidades sindicales citadas procederán a impugnar
formalmente la Comunicación Nº 3/12 y la Disposición 198/12 en defensa de
los derechos de toda la comunidad educativa.
AMET - FEB - SADOP - SUTEBA - UDA - UPCN
M. ANGÉLICA GONZÁLEZ –
Subsecretaria Gremial SUTEBA Brown
MARCELO GÓMEZ – Secretario Gremial SUTEBA Alte. Brown
En Alte. Brown realizamos 2 presentaciones: el viernes 3, como SUTEBA, en rechazo de la
Comunicación Nº 3 considerando que la limitación en la cobertura de ciertos
cargos produce un recorte en educación, y el lunes 6 todos los gremios
mencionados realizan una presentación en rechazo de la Disposición 198 en
reunión con la Secretaria de Asuntos Docentes, se hace acta de la situación planteada donde se comunica la
decisión de no designar nuevos representantes y el cuestionamiento del presente
MAD.
Tambien informamos que el SUTEBA provincial realizó una presentación por los alcances de la firma de las planillas mecanizadas.
Tambien informamos que el SUTEBA provincial realizó una presentación por los alcances de la firma de las planillas mecanizadas.
MARCELO GÓMEZ – Secretario Gremial SUTEBA Alte. Brown