En primera medida, el Ministerio de Educación Nacional ha dispuesto en la Resolución Nº 82-MEN/2020 del 06/03/2020:
ARTÍCULO 1º, Inc. d): En caso de estudiantes o personal de los establecimientos que regresen de viaje desde áreas con circulación y transmisión de coronavirus, a la fecha los siguientes países: China, Corea del Sur, Japón, Irán, Italia, España, Francia y Alemania -y los que indicare el MINISTERIO DE SALUD-, aunque no presenten síntomas, se sugiere que permanezcan en el domicilio sin concurrencia y evitar el contacto social por CATORCE (14) días.
En base a esta medida, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto en el Decreto Nº 127/2020 del 09/03/2020 lo siguiente:
ARTÍCULO 1º: Otorgar una licencia de carácter excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del Sector Público provincial, cualquiera sea el régimen estatutario al que pertenezcan, que hayan ingresado a la República Argentina desde los países con casos confirmados de Coronavirus (COVID-19), según indicación de la autoridad sanitaria, a fin de que puedan permanecer en sus hogares con el objeto de dar cumplimiento a las previsiones sanitarias establecidas en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación y del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º: La licencia establecida en el artículo precedente se hará efectiva desde que la persona que haya estado en países con casos confirmados de Coronavirus (COVID-19) hubiera ingresado a la República Argentina y por un lapso de catorce (14) días corridos.
Si vivís en la provincia de Buenos Aires y tenés dudas sobre la enfermedad o presentás algún síntoma, el Ministerio de Salud Provincial indica que te comuniques las 24 hs al: 0221-4255-437.
Para conocer más detalles:
Resolución Nº 82 del Ministerio de Educación Nacional
https://www.suteba.org.ar/download/frente-al-coronavirus-brindamos-informacin-relevante-a-todxs-lxs-docentes-bonaerenses-83537.pdf
Decreto Nº 127 de la Provincia de Buenos Aires
Decreto Nº 127 de la Provincia de Buenos Aires
Resolución N° 178 del Ministerio de Trabajo