Horas antes de la Marcha Federal, el Frente Gremial Docente Bonaerense realizó una nueva presentación ante el IPS.
El día 7 de Julio, la Secretaría
de Jubilaciones de SUTEBA presentó una nota ante el Director del IPS, el
Sr. Christian Gribaudo, a efectos de impugnar formalmente lo resuelto
por el Directorio en la Resolución Nº 9 del día 23 de Junio de 2016
sobre el aumento de la tasa de interés aplicable a cargos por haberes
mal percibidos o deudas por aportes no ingresados.
Ante la falta de respuesta por parte del Directorio, el día 28 de Julio, en la ciudad de La Plata, el Frente Gremial Docente Bonaerense realizó la presentación de una carta documento dirigida al Presidente del Instituto de Previsión Social exigiendo la inmediata nulidad de dicha resolución
El 17 de Agosto, Christian Gribaudo rechazó formalmente la presentación realizada por considerarla, a su juicio, improcedente. Acto seguido pretendió dar por terminado, unilateralmente, el reclamo por el aumento de la tasa de interés.
El viernes 2 de septiembre, a primera hora, previo a la Marcha Federal, el FGDB presentó nuevamente una carta documento, en respuesta al Sr. Christian Gribaudo, donde se reiteraron todos los términos de la presentación anterior; ya que el art. 61 del Decreto Ley 9650/80 no otorga facultades al IPS para aplicar una tasa de interés confiscatoria y abusiva imputable a las deudas generadas por haberes mal percibidos, por lo que la aplicación de dicha resolución resulta completamente antijurídica.
Los haberes jubilatorios deben tener la protección estatal que la vulnerabilidad del jubilado requiere. El IPS no puede aplicar una tasa de interés superior a la que aplica para responder a sus propias deudas.
El Frente Gremial Docente Bonaerense más fuerte que nunca en defensa de los Derechos de los Trabajadores de la Educación.
MARINA MAPELLI - Sec. de Jubilaciones SUTEBA Provincial
Ante la falta de respuesta por parte del Directorio, el día 28 de Julio, en la ciudad de La Plata, el Frente Gremial Docente Bonaerense realizó la presentación de una carta documento dirigida al Presidente del Instituto de Previsión Social exigiendo la inmediata nulidad de dicha resolución
El 17 de Agosto, Christian Gribaudo rechazó formalmente la presentación realizada por considerarla, a su juicio, improcedente. Acto seguido pretendió dar por terminado, unilateralmente, el reclamo por el aumento de la tasa de interés.
El viernes 2 de septiembre, a primera hora, previo a la Marcha Federal, el FGDB presentó nuevamente una carta documento, en respuesta al Sr. Christian Gribaudo, donde se reiteraron todos los términos de la presentación anterior; ya que el art. 61 del Decreto Ley 9650/80 no otorga facultades al IPS para aplicar una tasa de interés confiscatoria y abusiva imputable a las deudas generadas por haberes mal percibidos, por lo que la aplicación de dicha resolución resulta completamente antijurídica.
Los haberes jubilatorios deben tener la protección estatal que la vulnerabilidad del jubilado requiere. El IPS no puede aplicar una tasa de interés superior a la que aplica para responder a sus propias deudas.
El Frente Gremial Docente Bonaerense más fuerte que nunca en defensa de los Derechos de los Trabajadores de la Educación.
MARINA MAPELLI - Sec. de Jubilaciones SUTEBA Provincial