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miércoles, 2 de noviembre de 2016

SUTEBA Y CTERA RECHAZAN LA ARMONIZACIÓN DEL SISTEMA PREVISIONAL

Desde SUTEBA, como entidad de base de CTERA, expresamos una vez más nuestro rechazo a la Ley Nº 27.260/16 del Gobierno Nacional. Repudiamos esta ley porque, utilizando como pretexto el pago de juicios a los jubilados/as, vulnera abiertamente derechos adquiridos y pone en serio riesgo al propio sistema previsional:
  • Con el "Programa de reparación histórica": Arbitra los medios para estafar a los jubilados/as con juicios ganados, realizando quitas importantes en el monto que por sentencia judicial les corresponde y pagándole en cuotas fijadas arbitrariamente. Acciones claramente inconstitucionales, ya que se trata de derechos irrenunciables según lo establecido en nuestra Constitución Nacional.
  • La "Pensión Universal para el adulto mayor": Significa un fuerte retroceso en términos de derechos previsionales en relación a la moratoria previsional actual, ya que no tan sólo representa el 80% del valor de la jubilación mínima, no se transmite a sus herederos sino que también establece un grave precedente en la edad jubilatoria de las mujeres, aumentándola en 5 años, llevándola de 60 a 65 años.
  • Con relación al "Fondo de garantía de sustentabilidad del sistema integrado": Abre solapadamente la puerta para la venta de activos del Fondo General Sustentabilidad del sistema previsional sustituyendo el artículo 12 del Decreto Nº 897/7 que la prohibía, atribuyéndole al Poder Ejecutivo el poder realizar las "reformas necesarias" y deroga la Ley Nº 27181/15 que establecía la prohibición de la venta de este fondo sin previa autorización expresa del Congreso de la Nación.
Escuchar Entrevista a Marina Mapelli aquí
Además de todo lo expresado, el Decreto Nº 894/16 que reglamenta la aplicación de la citada ley acelera los pasos para la Armonización de los Sistemas Previsionales Provinciales:
  • Se establece una extorsión lisa y llana a las provincias, autorizando a la ANSES a auditar a los sistemas previsionales provinciales. En función de los avances logrados en dicho proceso de armonización el gobierno nacional les puede negar u otorgar financiamiento.
  • Las provincias deberían "armonizar" con Nación, en cuanto a edad jubilatoria, años de servicios exigidos, determinación del haber jubilatorio inicial y el mecanismo de movilidad de haberes.

  • Desde el 27 de julio del presente año, fecha en la que se reglamentó la ley, comenzó a correr un plazo de 120 días para que las provincias, con sistema previsional propio, firmen su compromiso de armonización previsional y la ley establece un plazo no mayor a 4 años para que las jurisdicciones ajusten sus sistemas previsionales a las pautas nacionales.
El articulado de la ley citada, contiene las herramientas para vulnerar derechos adquiridos por nuestros jubilados/as, empeorar gravemente las condiciones de las futuras jubilaciones, apunta a desfinanciar al sistema público de reparto, despojándolo de su Fondo de Sustentabilidad y además representa una clara extorsión a los regímenes previsionales provinciales para obligarlos a que ajusten.
Queda claro que luego de destruir las jubilaciones ordinarias y los sistemas provinciales, el paso siguiente será la eliminación de los regímenes especiales, entre los cuales se encuentra la actual Ley Nº 24016 de jubilación nacional docente y el regreso a la estafa que representa el paradigma de los regímenes privados de capitalización, planteado como única opción para garantizar un mejor haber jubilatorio.
Desde SUTEBA y CTERA rechazamos enérgicamente este nuevo ataque a los jubilados/as, pensionados/as y a todos los trabajadores/as de nuestro país. Los Trabajadores y Trabajadoras de la Educación no vamos a renunciar a nuestros derechos previsionales ni tampoco a la defensa de un sistema previsional de reparto, público y solidario.
NO AL DESFINANCIAMIENTO DEL SISTEMA PREVISIONAL
NO A LA MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN JUBILATORIO DOCENTE
NO AL AJUSTE POR MEDIO DE LA ARMONIZACIÓN DE LOS SISTEMAS PREVISIONALES PROVINCIALES
SECRETARÍA DE JUBILACIONES SUTEBA PROVINCIAL