Por iniciativa de FEDEFAM (Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos - Desaparecidos) el 30 de agosto se conmemora el Día Internacional del Detenido Desaparecido.
La intencionalidad de esta fecha es aportar al fortalecimiento de la conciencia mundial sobre la persistencia de la práctica de la desaparición forzada de personas por parte de los Estados, catalogado como crimen de lesa humanidad por la OEA y la ONU. Es una fecha que también toman los Organismos de Derechos Humanos para concientizar acerca de la preservación de los derechos que el propio Estado debe garantizar.
La desaparición forzada es una estrategia frecuentemente utilizada por las dictaduras militares. Sin embargo, no es privativa de ellas. Las Naciones Unidas observan con preocupación que las desapariciones forzadas pueden ser utilizadas en Estados democráticos como método de represión política a los oponentes.
¿Cuáles son las preocupaciones de las Naciones Unidas en torno a las desapariciones forzadas?
El acoso a los defensores de los Derechos Humanos, los parientes de las víctimas, los testigos, los Abogados que se ocupan de los casos de desaparición forzada, el uso por parte de los Estados como excusa para luchar contra el terrorismo, la generalizada impunidad por la práctica de la desaparición forzada; entre otros.
En la sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas del 2006 (Ginebra, 29 de junio) se aprobó el proyecto de Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.
En nuestro país, la desaparición forzada de personas fue una práctica frecuente desplegada por la última dictadura cívico militar, que asoló nuestro país entre los años 1976 y 1983. El funcionamiento de Centros Clandestinos de Detención, los secuestros, el robo de bebés y bienes materiales y las desapariciones de personas, que dejaron un lamentable saldo de 30.000 compañeros detenidos desaparecidos, constituyeron prácticas usuales en el marco del terrorismo de Estado impuesto por los genocidas militares y sus cómplices civiles.
En períodos democráticos también existieron estas prácticas violatorias de los DDHH. El 1° de agosto de 2017 desaparece Santiago Maldonado en un operativo ilegal y salvaje desplegado por la Gendarmería Nacional en la comunidad mapuche Pu Lof Resistencia Cushamen, en la provincia de Chubut. El cuerpo de Santiago aparece tres meses después en el Río Chubut.
El 30 de abril del presente año, desaparece Facundo Astudillo Castro cuando se trasladaba desde la ciudad de Pedro Luro hacia Bahía Blanca. Hoy hace exactamente cuatro meses que seguimos preguntando: ¿Qué pasó con Facundo? y exigiendo Verdad y Justicia.
El 17 de agosto de 2019 se cumplieron 26 años del asesinato de Miguel Bru, joven Estudiante de Periodismo de la UNLP, quien fue torturado en la Comisaría Nº 9 de la ciudad de La Plata hasta su muerte en manos de la Policía de la provincia de Buenos Aires. En Democracia.
El 28 de junio de 2006 Jorge Julio López, quien había sido un detenido desaparecido, brindó testimonio por última vez en el Juicio oral contra el comisario bonaerense Miguel Etchecolatz, un testimonio contundente que llevó a un fallo histórico en el que se condenó a prisión perpetua al genocida y se reconoció por primera vez el genocidio ocurrido durante la última dictadura cívico militar. Pero López, testigo y querellante, no pudo escuchar ese fallo pues fue desaparecido, por segunda vez, la madrugada del 18 de septiembre de 2006. En Democracia. Y aún sigue desaparecido.
DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS
La desaparición forzada se usa a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad.
La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que no afecta únicamente a una región concreta del mundo. Las desapariciones forzadas, que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy en día en situaciones complejas de conflicto interno, especialmente como método de represión política de los oponentes.
El 21 de diciembre de 2010, la Asamblea General, en virtud de la Resolución A/RES/65/209, expresó su preocupación, en particular, por el aumento de las desapariciones forzadas o involuntarias en diversas regiones del mundo, como los arrestos, las detenciones y los secuestros cuando son parte de las desapariciones forzadas o equivalen a ellas, y por el creciente número de denuncias de actos de hostigamiento, maltrato e intimidación padecidos por testigos de desapariciones o familiares de desaparecidos.
Asimismo, la resolución acoge con beneplácito la aprobación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y decide declarar el 30 de agosto como Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, que comenzó a observarse en el año 2011.
Resolución /RES/65/209: http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/RES/65/209.
En esta resolución se establece el Día Internacional del Detenido Desaparecido.